miércoles, 30 de julio de 2014

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Cierre de oficinas y reestructuración de Servicios Centrales.

Los compañeros del sindicato Csif publican el siguiente post en su Blog.

Ante las comunicaciones que la empresa va a efectuar en breve referidas a movilidad geográfica, y ante las interpretaciones que algún sindicato está haciendo, queremos aclarar qué fue lo que se firmó en el acuerdo del 27 de diciembre de 2013.
“V. MOVILIDAD GEOGRÁFICA
La movilidad geográfica únicamente será aplicable en supuestos de cierre de oficinas y reestructuración de Servicios Centrales. Se mantendrá la vigencia de lo dispuesto en el Capítulo I, apartado B.2 del Acuerdo colectivo de 3 de enero de 2011, hasta el 30 de junio de 2017, incluidas las compensaciones económicas establecidas en dicho acuerdo. No obstante, no se aplicarán ninguna de las compensaciones previstas en dicha regulación cuando el traslado lo sea a un centro cuya distancia desde el centro de origen no supere los 50 kilómetros.En caso de que el trabajador rechace el traslado comunicado y éste sea a más de 50 kilómetros, tendrá derecho a la indemnización por extinción de contrato establecida por Acuerdo de la Comisión de Seguimiento de 10 de agosto de 2011.”
En este apartado se hace referencia a lo dispuesto en el Capítulo I, apartado B.2 del Acuerdo colectivo de 3 de enero de 2011, para el caso de que el trabajador acepte el traslado y a lo dispuesto en la comisión de seguimiento del 10 de agosto de 2011 para el trabajador que no lo acepte y éste sea a más de 50 km.
Aquí tenéis dos enlaces a los acuerdos citados para su consulta:




En resumen, solo se podrán ver afectados por movilidad geográfica aquellos trabajadores cuya oficina sea cerrada o cuyo departamento de servicios centrales sea reestructurado.
Si el traslado es a más de 50 km. y el trabajador lo acepta, recibirá las compensaciones pactadas en el Acuerdo Laboral del 03-01-2011. Si el trabajador no acepta el traslado, tendrá derecho a solicitar la baja incentivada o suspensión de contrato en las condiciones establecidas en el mismo acuerdo.
http://csif-liberbank.blogspot.com.es/2014/07/cierre-de-oficinas-y-reestructuracion.html

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